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¿Qué es el SAT y cómo se come?

  • Opecon
  • 21 oct 2020
  • 3 Min. de lectura

Muchos de nosotros, cuando comenzamos nuestra vida laboral y nos enteramos de que debemos hacer facturas, declaraciones y pagar impuestos, seguramente nos preguntamos: ¡¿por qué nunca me enseñaron nada de esto en la escuela?! Y tenemos la boca llena de razón…


Por esa razón, en esta ocasión traemos para ti una breve y sencilla reseña sobre lo que debes saber del SAT (Sistema de Administración Tributaria). El SAT un organismo desconcentrado de la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público) que aplica la legislación fiscal con la intención de que personas físicas y morales contribuyan con el gasto público. Es decir, se encarga de cobrarnos impuestos a todos y distribuir ese dinero recaudado.

Existen muchas razones por las que puedas tener que tratar con el SAT, pero esta vez hablaremos de 3 situaciones en las que posiblemente te encuentres si estás leyendo esto: eres asalariado, das recibo de honorarios, eres persona física con actividad empresarial.

1. Asalariados

Si te encuentras en el bello mundo de pago por salarios con un ingreso fijo y seguro, cada mes en tu recibo de nómina podrás encontrar descuentos por retenciones, esto significa que la empresa donde trabajas debe (o debería) realizar el pago de impuestos por ti. En este caso solo debes preocuparte por pedir factura de los gastos que hagas en tus deducciones personales: gastos médicos, hospitalarios, funerarios, intereses reales pagados, colegiaturas, etc. Esto con la intención de ser aplicados en tu declaración anual y buscar, si aplica, una devolución de impuestos. Es muy recomendable que busques asesoría de un contador para que obtengas el mejor resultado para ti.


2. Recibo de honorarios

Si tu caso es el de dar recibo de honorarios por tus servicios profesionales debes aprender a facturar o en su defecto pagar por ello, sugerimos ampliamente aprender, no es tan complicado. En este caso también verás una retención de parte de quien te paga la cual es el 10% de ISR (Impuesto Sobre la Renta) y dos terceras partes del IVA (Impuesto al Valor Agregado) que equivale al 10.66%, al igual que el caso de asalariados, la empresa debe pagar estos impuestos en tu nombre, pero a diferencia del pago por nómina aquí tu debes llevar un registro contable para asegurarte que el IVA que no fue retenido (5.33%) sea efectivamente gastado por ti durante el mes.

También es importante que sepas que si te encuentras aquí estás obligado a presentar tus declaraciones mensuales las cuales debes hacer si no quieres que te cancelen los sellos para facturar, cosa que necesitas para cobrar y que sucederá si no declaras 3 meses seguidos o 6 no consecutivos. Al igual que los asalariados deberás pedir facturas por tus deducciones personales si las tienes, por ejemplo: gastos médicos, hospitalarios, funerarios, intereses reales pagados, colegiaturas, etc.

Ya es recomendable que busques asesoría contable regular, pero si no estás dispuesto a una renta mensual por este trabajo y eres muy ordenado puede bastar con que tengas una asesoría donde se te enseñe como llevar el control y al menos una revisión cada trimestre para asegurar que todo va a salir bien en tu declaración anual.

Cuando te toque presentar tu declaración anual es altamente recomendable la asesoría de un experto contable para asegurar su buena presentación, para que te explique y de ser posible que busque una devolución de impuestos.



3. Persona Física con Actividad Empresarial

En el caso de que ya le estás apostando más al mundo empresarial y tu régimen fiscal es este, debes saber que también tienes que saber facturar, o pagar por ello si tu volumen es alto, debes presentar tus declaraciones mensuales normales y DIOT si no deseas que cancelen tus sellos por 3 meses seguidos de incumplimiento o 6 no consecutivos y debes llevar una contabilidad formal. A diferencia del pago por honorarios, las personas físicas con actividad empresarial ya se comportan contablemente como empresas y es necesario darles el tratamiento como tal para mantener en control todos tus gastos e ingresos.

Aquí se recomienda ampliamente contar con servicios contables que te orienten a la mejor manera de llevar tu negocio, debes saber que en este régimen puedes dedicarte a las actividades que decidas, mientras sean legales claro, y todos los gastos e ingresos relativos a ellas deberán ser contabilizados.

Al igual que los otros dos casos, no olvides pedir factura de tus deducciones personales, tales como: gastos médicos, hospitalarios, funerarios, intereses reales pagados, colegiaturas, etc. Todo ello se verá reflejado en tu declaración anual buscando tu beneficio.



Recuerda que sin importar el régimen o situación en la que estés o hayas estado, siempre habrá manera de hacer algo al respecto. Si podemos darte unos tips serían: acércate con profesionales, interésate por tu vida laboral, cumple con tus obligaciones y vive una vida tranquila.


Muchas gracias por leernos, esperamos que haya sido de utilidad y si quieres

más información o tienes algún comentario puedes encontrarnos en la sección de contacto :D


 
 
 

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